OFICIAL CONDUCTOR

NOVEDAD 11/04/2024

Realizada la prueba, se procede a publicar las puntuaciones otorgadas.

Para consultar el documento pulse aquí.

Contra las puntuaciones obtenidas en la prueba de práctica se otorga un plazo de alegaciones de dos días desde la publicación del presente anuncio.

Dichas alegaciones se presentarán en el Registro General de entrada del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria o en su defecto en cualquier Registro establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en este caso la alegación se adelantará por correo electrónico a rrhh@rincondelavictoria.es).

 

NOVEDAD 08/04/2023

Listado de admitidos y fecha examen.

Para consultar el documento, pulse aquí.

 

Denominación de la plaza: Oficial Conductor.

Código: COND

Titulación: Educacion Secundaria Obligatoria o equivalente.

Requisitos específicos: Estar en desempleo y tener el carnet tipo B, C y C1.

Tasas: según Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por derechos de examen (14€),  que podrá ser abonada mediante ingreso o transferencia bancaria en el número de cuenta señalado más abajo, consignando el nombre del aspirante y el código indicado para la plaza:

IBAN ES18 3058 0731 60 2732 8125 41 (CAJAMAR)

Plazo de presentación de solicitudes: 5 días hábiles (entre el 26/03 y el 03/04, ambos inclusive).

Las solicitudes podrán ser presentadas a través del Registro Electrónico General habilitado por el excelentísimo Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (https://sede.rincondelavictoria.es/), de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en cualquier registro electrónico habilitado de las administraciones públicas.

Se deberá elegir en el Catálogo de Trámites, la opción "Solicitud Genérica Telemática"

La duración del contrato será hasta diciembre de 2025, siendo la jornada de trabajo de al menos el 50%.

Se recuerda que para poder acceder a este tipo de contrato, es obligatorio ser demandante de empleo (debiendo acreditarlo en la presentación de la solicitud), no siendo válido la mejora de empleo.

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